Veo que la mayoría de los paises miembros y asociados ofrecen oportunidad de visas temporales de hasta 2 años por el tratado de Mercosur, pero no consigo información sobre esto para Ecuador, no existe esta modalidad de visa allí?
Hola.
Ecuador no es miembro pleno del MERCOSUR, sino tan solo Asociado.
Ecuador se adhirió en el año 2011 al Convenio sobre residencia entre Estados miembros del MERCOSUR, Chile y Bolivia, al que también se han adherido Perú y Colombia. Es el Convenio que establece, primeramente, una RESIDENCIA TEMPORARIA de DOS AÑOS y luego, ya una RESIDENCIA DEFINITIVA, para la cual hay que cumplir una serie de requisitos un poco más exigentes.
Sin embargo, Ecuador aún no ha ratificado el mencionado Convenio. En el Acta de Adhesión de la República del Ecuador al mencionado Convenio se fijó como CONDICIÓN para que resultara vinculante para Ecuador y por tanto, pudiera generar obligaciones para el Estado y derechos para los particulares, el DEPÓSITO DEL INSTRUMENTO DE RATIFICACIÓN en el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay, que actúa como Estado depositario del mencionado Convenio. Por ello, únicamente será vinculante para el Estado y generará derechos para los particulares, a partir de la fecha en la que se realice el depósito del Instrumento de Ratificación.
Ahora bien: para que eso ocurra, es necesario que se cumpla con procedimientos y exigencias establecidas por la Constitución de Ecuador, ya que se trata de un Convenio que, al adoptarse, comportará la reforma de la Ley de Extranjería, pues introduce dos nuevas categorías migratorias actualmente no previstas y en tales circunstancias, la exigencia constitucional es que se solicite la previa aprobación de la Asamblea Nacional, que a la vez deberá recabar el Dictamen de Constitucionalidad de la Corte Consitucional para poder pronunciarse. Y únicamente después de que se haya pronunciado la Asamblea Nacional (que deberá seguir el dictamen de la Corte Constitucional), podrá el Presidente de la República, en su calidad de Jefe de Estado (por tanto, competente para manifestar el consentimiento internacional del Estado), disponer el depósito del Instrumento de Ratificación.
Este es el motivo por el que usted no encuentra lo que busca. Sencillamente, TODAVÍA no ha sido depositado el Instrumento de Ratificación por parte de Ecuador y mientras eso no suceda, el Convenio no será vinculante para Ecuador y por tanto, no se podrá aplicar internamente.
Un cordial saludo.